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Donación de vivienda en Madrid en la notaría

La donación de vivienda es un negocio jurídico formal, eso quiere decir que es obligatorio hacerlo en escritura pública. El artículo 633 del código civil es claro:

Artículo 633

Para que sea válida la donación de cosa inmueble ha de hacerse en escritura pública, expresándose en ella individualmente los bienes donados y el valor de las cargas que deba satisfacer el donatario.
La aceptación podrá hacerse en la misma escritura de donación o en otra separada; pero no surtirá efecto si no se hiciese en vida del donante.
Hecha en escritura separada, deberá notificarse la aceptación en forma auténtica al donante, y se anotará esta diligencia en ambas escrituras.

Donación de bienes inmuebles en Madrid

En Madrid, el impuesto de donaciones está bonificado, siempre y cuando se den ciertos requisitos:

  • El inmueble tiene que estar situado dentro de la comunidad de Madrid.
  • Los donantes y donatarios tienen que ser, padres o hijos, abuelos o nietos o cónyuges.

Documentación necesaria para hacer una escritura de donación de vivienda en la notaría.

Para preparar la escritura, vamos a necesitar:

  • Título de propiedad. (Copia autorizada de la escritura).
  • Último recibo del IBI.
  • Valor de la vivienda. Recuerde que hacienda da unos valores mínimos. Para el cálculo del valor mínimo de bienes inmuebles en Madrid, siga este ENLACE.
  • DNI o pasaporte o poderes válidos de donantes y donatarios.

Qué impuestos se pagan cuando hacemos una donación de vivienda en Madrid.

  • El impuesto de donaciones, que como hemos dicho, tiene alguna bonificación. Plazo de presentación del impuesto: 30 días hábiles desde la firma de la escritura ante notario.
  • Plusvalía municipal. La plusvalía no tiene ninguna bonificación, y se paga en el ayuntamiento en el que está el bien. El plazo de este impuesto es de 30 días desde la firma en notaría de la escritura.
    El sujeto pasivo de los dos impuestos anteriores es el donatario, es decir, quien recibe el bien.
  • Plusvalía en renta. Pocas personas saben que cuando se hace una donación de vivienda se genera para hacienda un incremento patrimonial. Por ello el donante, cuando haga su declaración de la renta, tendrá que declarar la diferencia obtenida desde la adquisición del bien, hasta la donación. Para saber cuánto nos corresponde pagar en irpf si donamos una vivienda, recomendamos contactar con un experto en fiscalidad en irpf.

Además de los impuestos, ¿qué otros gastos puede haber?

La donación de un bien inmueble debe hacerse en escritura pública, por lo tanto se generan los siguientes gastos:

  • Gastos notariales. En función al valor del bien.
  • Gastos de registro de la propiedad. Esa escritura, después del pago de impuestos, debe ser inscrita en el registro de la propiedad. Para esta inscripción no hay un plazo.
  • Estos trámites podemos hacerlos nosotros, o podemos solicitar a una gestoría que los haga por nosotros.

Donación de vivienda con reserva de usufructo

La reserva de usufructo cuando donamos la nuda propiedad de nuestra vivienda quiere decir que: mientras el uso y disfrute de la vivienda será nuestro, pero la propiedad será de la persona a la que se la donemos.

Para cualquier aclaración o duda sobre donación de vivienda o donación de inmueble, puedes contactar con nuestra notaría en Madrid.