Las donaciones de dinero entre padres e hijos son documentos notariales muy habituales. Muchos padres se plantean ayudar a sus hijos económicamente, ya sea para la compra de su primera vivienda, como para sus estudios, o simplemente por el hecho de regalarles un dinero.
Si estás pensando en realizar una donación de dinero sigue leyendo esta noticia: Te diremos qué documentos necesitamos en la notaría y qué requisitos pide la Comunidad de Madrid para que te beneficies de su bonificación. Que esté bonificada es una de las principales ventajas de las donaciones en Madrid.
Donación de dinero en Madrid
Documentación para realizar la donación en la notaría:
- DNI de donantes y donatarios. En esta escritura notarial, intervienen tanto los donantes como los donatarios. Pueden comparecer con su DNI o mediante poder notarial con facultades para este acto. Cuidado con el poder notarial, muchos poderes generales no incluyen facultades para hacerse donaciones a sí mismos. Consulta en la notaría antes de hacer el poder que vas a necesitar.
- Los donantes no residentes es necesario que soliciten un NIE. Además deberán identificarse con su pasaporte. Los donatarios que sean extranjeros residentes en Madrid, deberán aportar su NIE y su pasaporte.
- Como estamos hablando de una donación de dinero, necesitaremos justificar la entrega de ese dinero, ya sea mediante transferencia, cheque o efectivo.
Si hacemos una transferencia, deberemos aportar el justificante de la misma en la notaría.
Si vamos a entregar un cheque, lo ideal sería entregarlo en la notaría, el día de la firma. Pero si lo hemos entregado antes, deberemos aportar fotocopia del cheque, o los datos del cheque. También podemos aportar al notario el justificante de ingreso de ese cheque en el banco.
Datos que tengo que manifestar en la notaría.
Madrid, es una de las comunidades autónomas que ofrece una bonificación en el impuesto de donaciones, siempre y cuando esté hecho entre padres e hijos, o abuelos y nietos. Para solicitar en la escritura notarial que hacienda tenga en cuenta las circunstancias del donatario necesitamos saber:
- Si el donatario lleva residiendo en Madrid, la mayor parte del tiempo, los últimos cinco años.
- Si el donante y el donatario han realizado otra donación en los últimos tres años. Esto influye en el cálculo del impuesto. Es decir, si hubiera habido una donación previa entre ellos en ese periodo; hacienda acumularía las cuantías para el cálculo del impuesto.
- También hay que hacer una pequeña trazabilidad de la procedencia del dinero. Por ejemplo: El donante tiene un dinero que procede de sus ahorros, o de una indemnización, o de una venta…
- Para saber el cociente multiplicador del impuesto necesitaremos saber el patrimonio preexistente del donatario.
Impuesto de donaciones en Madrid
El cálculo del impuesto de donaciones, no es algo sencillo. La comunidad de Madrid ofrece un servicio de ayuda al que hay que acudir con cita.
Como decíamos, si se cumplen las condiciones anteriores, el impuesto en Madrid sólo requiere que se presente la copia autorizada de la escritura de donación y una copia simple.
En la notaría de Pablo Ramallo en Madrid, estaremos encantados de ayudarte si necesitas hacer una donación.
Puedes obtener más información en: 914444133.