Las donaciones de dinero entre padres e hijos son documentos notariales muy habituales. Muchos padres se plantean ayudar a sus hijos económicamente, ya sea para la compra de su primera vivienda, como para sus estudios, o simplemente por el hecho de regalarles un dinero.
Si estás pensando en realizar una donación de dinero sigue leyendo esta noticia: Te diremos qué documentos necesitamos en la notaría y qué requisitos pide la Comunidad de Madrid para que te beneficies de su bonificación. Que esté bonificada es una de las principales ventajas de las donaciones en Madrid.
Donación de dinero en Madrid
Documentación para realizar la donación en la notaría:
-
DNI, tarjeta de residencia o pasaporte de los donantes y de los donatarios. En la escritura notarial intervienen tanto quienes realizan la donación como quienes la reciben, por lo que todos deberán identificarse correctamente mediante alguno de estos documentos.
Si alguna de las partes no puede acudir personalmente a la firma, podrá comparecer mediante poder notarial con facultades suficientes para realizar este acto. Es importante revisar previamente el contenido del poder, ya que algunos poderes generales pueden no incluir las facultades necesarias para formalizar una donación. Por ello, recomendamos consultar con la notaría antes de otorgarlo.
-
Al tratarse de una donación de dinero, también será necesario justificar la entrega de los fondos, ya sea mediante transferencia bancaria, cheque o efectivo.
Si la donación se realiza mediante transferencia bancaria, deberá aportarse en la notaría el justificante de la transferencia.
Si se realiza mediante cheque, lo más recomendable es entregarlo en la notaría el mismo día de la firma. Si el cheque ya se hubiera entregado con anterioridad, deberá aportarse una fotocopia, los datos identificativos del cheque o el justificante de su ingreso en la cuenta bancaria.
Datos que tengo que manifestar en la notaría.
Madrid, es una de las comunidades autónomas que ofrece una bonificación en el impuesto de donaciones, siempre y cuando esté hecho entre padres e hijos, o abuelos y nietos. Para solicitar en la escritura notarial que hacienda tenga en cuenta las circunstancias del donatario necesitamos saber:
- Si el donatario lleva residiendo en Madrid, la mayor parte del tiempo, los últimos cinco años.
- Si el donante y el donatario han realizado otra donación en los últimos tres años. Esto influye en el cálculo del impuesto. Es decir, si hubiera habido una donación previa entre ellos en ese periodo; hacienda acumularía las cuantías para el cálculo del impuesto.
- También hay que hacer una pequeña trazabilidad de la procedencia del dinero. Por ejemplo: El donante tiene un dinero que procede de sus ahorros, o de una indemnización, o de una venta…
- Para saber el cociente multiplicador del impuesto necesitaremos saber el patrimonio preexistente del donatario.
Impuesto de donaciones en Madrid
El cálculo del impuesto de donaciones, no es algo sencillo. La comunidad de Madrid ofrece un servicio de ayuda al que hay que acudir con cita.
Como decíamos, si se cumplen las condiciones anteriores, el impuesto en Madrid sólo requiere que se presente la copia autorizada de la escritura de donación y una copia simple.
En la notaría de Pablo Ramallo en Madrid, estaremos encantados de ayudarte si necesitas hacer una donación.
Puedes obtener más información en: 914444133.