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Divorcio en notaría: convenio regulador

Documentos del divorcio en notaría

El divorcio en notaría se puede realizar cuando las dos partes están de acuerdo, siempre y cuando no haya hijos, o los que estén sean mayores de edad sin capacidad modificada o estén emancipados. No puede haber divorcio hasta pasados 3 meses desde la fecha del matrimonio.

Para que nuestra notaría pueda realizar el divorcio tienen que darse uno de estos dos supuestos:

  • O que el último domicilio conyugal sea en el municipio de Madrid.
  • O en su defecto, que uno de ellos resida en el momento de la firma en en municipio de Madrid.

Esto se acreditará en la notaría mediante el DNI o certificado de empadronamiento.

Identificación de las partes intervinientes

Para identificarse en la notaría, tendremos que aportar el DNI de los comparecientes. El abogado deberá aportar además de su DNI su carnet de colegiado. Si no se dispone de DNI en vigor, se podría utilizar el pasaporte.

El NIE no es documento válido para identificarse, es necesario presentar junto al NIE, el pasaporte. Tampoco lo es el carnet de conducir.

Libro de familia y certificado de matrimonio

El libro de familia nos dejará ver si hay o no hay hijos. En caso de que los hubiera, podríamos comprobar las edades. La no aportación del libro de familia, no paraliza la firma de divorcio.

El certificado de matrimonio sí es obligatorio. Se expide en el registro civil en el que se inscribió el matrimonio. En caso de duda, los datos vienen en el libro de familia. También se puede solicitar mediante el ministerio de justicia.

Convenio regulador

El convenio regulador es el documento que crea el abogado. En él hay que incluir:

  • Datos de ambos miembros de la pareja, con DNI y domicilio actual.
  • Datos de la inscripción del matrimonio.
  • Atribución del uso de la vivienda y ajuar familiar.
  • Si hay o no hay hijos. En el caso de que hubiera hijos, todo lo relativo al régimen de visitas, comunicaciones, vacaciones, guarda y custodia… Como hemos dicho, en el caso de divorcio ante notario, esto no se contempla, ya que el notario no podrá realizar divorcio con hijos no emancipados.
  • Datos sobre el régimen económico del matrimonio.
  • Si hubiera pensión compensatoria, derivada de un desequilibrio económico entre los cónyuges, hay que especificarla.

El abogado firmará la escritura de divorcio, como representante de los cónyuges.

El notario se encargará de enviar al registro civil la escritura de divorcio. Es de obligada inscripción, por lo tanto hasta que no se termine todo el proceso no será efectivo frente a terceros.

Para cualquier aclaración de divorcio en notaría, no duden en contactarnos. Notaría de Pablo Ramallo en Madrid.