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Plazos importantes de Hipoteca ante notario

Cuidado con los plazos para firmar un préstamo con hipoteca en notaría Madrid.

La ley de crédito inmobiliario 5/2019 ha modificado los plazos mínimos necesarios para poder firmar un préstamo hipotecario; por todo ello, es necesario tener claros cuáles son estos para evitar problemas a la hora de firmar una hipoteca. Como plazos a tener en cuenta podemos destacar los siguientes:

Primer plazo de las hipotecas ante notario: análisis del banco.

El primer plazo que debemos tener en cuenta viene marcado por el banco. Pues son ellos los que tienen que analizar nuestra solvencia y tasar el inmueble que vamos a comprar. El banco nos solicitará la documentación que estime oportuna; lo habitual suelen ser: nóminas o documentos que acrediten nuestros ingresos.

Este plazo se puede demorar de 1 a 2 meses.

Segundo plazo de los préstamos hipotecarios: análisis de la notaría.

El segundo plazo, relevante para la notaría en Madrid, es el que viene determinado por la ley en su artículo 14:

El prestamista, intermediario de crédito o su representante designado, en su caso, deberá entregar al prestatario o potencial prestatario, con una antelación mínima de diez días naturales la documentación legal, esta viene determinada por ley y debe firmarse por el prestatario que ha recibido dicha documentación».

Este plazo determina en qué momento vamos a poder firmar el préstamo hipotecario. En notaría Madrid Ramallo – Mahiques le podemos asesorar sobre estos aspectos. Para evitar errores, debemos tener en cuenta un plazo de 12 días desde que firmamos que hemos recibido la documentación. Esto está motivado por dos requisitos:

  1. Artículo 5 del código civil.
  2. Se puede firmar transcurridos diez días, por lo que el primer día para formalizar en la notaría el préstamo, es el día 12º.

Tercer plazo: Acta previa al préstamo hipotecario

El tercer plazo, viene determinado en el articulo 15. 3 de la ley de crédito inmobiliario. El cuál obliga a formalizar un acta notarial, en la que el notario verifica la documentación y requisitos necesarios para la formalización del préstamo. Se realiza el asesoramiento por la notaría. Debiendo formalizarse dicha acta, como tarde, el día anterior al de la autorización de la escritura pública del contrato de préstamo. Es decir, el prestatario debe acudir dos veces al notario:

  1. La primera para realizar el acta ante notario, quien le asesorará y explicará cualquier duda acerca del préstamo hipotecario; y comprobara la legalidad de la documentación. En notaría Madrid Ramallo – Mahiques le podemos ayudar en este proceso.
  2. La segunda, para formalizar la escritura pública de préstamo hipotecario con compraventa previa, en el caso de que el préstamo sea para comprar una vivienda en Madrid y ante notario.

Otros plazos que pueden afectarnos

Todos los plazos anteriores los debemos tener en cuenta para planificar en qué momento debemos iniciar los trámites para firmar el préstamo hipotecario. Sobre todo, si hemos firmado un contrato de arras, que marque una fecha límite de formalización de escritura, desde que entregamos la señal. Es decir, es importante calcular los plazos para fijar la fecha límite de firma ante notario.

Desde notaría Ramallo – Mahiques en Madrid, recomendamos un plazo mínimo de arras de 120 días si tenemos que pedir un préstamo con garantía hipotecaria. De esa forma podemos evitar problemas surgidos del incumplimiento de los plazos.

En notaría Madrid Ramallo – Mahiques le podemos asesorar en todas las cuestiones o dudas que tenga; y ayudarles en una de las firmas más importantes que realizamos en nuestra vida: comprar nuestra casa.