Un condominio se da cuando un bien indivisible pertenece a dos o más personas. La extinción de condominio consiste en que una o todas las partes ceden su porcentaje a otra de las partes.
Esa cesión puede ser o no ser onerosa.
La extinción de condominio no paga impuestos de transmisiones patrimoniales, paga actos jurídicos documentados.
Otra cosa ha tener en cuenta es que no paga plusvalía.
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