Desde el 1 de enero de 2019 la comunidad de Madrid ha cambiado la normativa fiscal: Los madrileños verán grandes ventajas en la adquisición de su vivienda habitual. Desde la notaría vamos a intentar crear una guía de los beneficios fiscales que han entrado en vigor. Sobre todo, haremos hincapié de los beneficios de la donación en Madrid; aunque también hablaremos de la reducción en transmisiones patrimoniales o actos jurídicos…
Por ejemplo, anteriormente, la donación en Madrid entre hermanos, no tenían ninguna bonificación, a partir de ahora sí la tendrá; también se verán beneficiadas las donaciones para adquisición de primera vivienda, o las que se realicen para montar un negocio. De todas formas, vamos a aclarar punto por punto la nueva ley.
Medidas Fiscales
Impuesto de donación en Madrid
El impuesto de donaciones, que ya favorecía a muchos madrileños frente a otros ciudadanos, tendrá más reducciones:
- Donación en Madrid: entre hermanos, por consanguinidad: reducción del 15 % sobre la cuota. Es decir, se calcula el impuesto de donaciones, y del resultado reducimos un 15%.
- Donación entre tíos y sobrinos, por consanguinidad: reducción del 10% sobre la cuota.
Requisitos para poder beneficiarse de esta reducción
- Hacer la donación en documento público. Es decir, hacer una escritura notarial con la siguiente información:
- Datos de los comparecientes: Tendrán que traer a la notaría sus DNI originales y en vigor; o poderes válidos.
- Datos de la entrega de dinero acreditada. Por ejemplo: Si es transferencia bancaria, justificante de la misma; si se entrega un cheque, mejor hacerlo el día de la firma o fotocopia del mismo; o si es ingreso en cuenta, justificante del ingreso. En cualquier caso, los números de cuenta, si no son legibles en los documentos aportados, se deberán manifestar.
- Manifestaciones que se hacen en la notaría para la donación en Madrid:
- El tiempo de residencia del donatario. Es decir, dirá en la notaría, en qué comunidad autónoma ha residido en los últimos 5 años.
- Si han realizado donaciones en los últimos 3 años. Si la respuesta fuera afirmativa, la cuantía se acumularía para el cálculo del impuesto.
- Procedencia del dinero justificada. Consulte en su notaría en Madrid, cómo se puede acreditar: por ejemplo, si se trata del dinero obtenido de una venta, tendrán que aportar datos de la misma. Preferiblemente dar datos de la copia simple.
Donación de dinero en notaría en Madrid
La donación de efectivo para la compra de vivienda habitual estará exenta hasta 250.000€ en los siguientes supuestos:
- Donaciones entre hermanos, padres e hijos y abuelos y nietos.
- Importe inferior a 250.000€.
- Plazo: Debe formalizarse el destino de la donación en el plazo de un año. Por ejemplo, si hacemos la donación en la notaría en Madrid, tenemos un año para comprar nuestra vivienda habitual.
Transmisiones patrimoniales y Actos jurídicos
También se beneficiarán de una reducción del 10% de los impuestos las personas que compren su vivienda habitual en Madrid. Los requisitos necesarios para obtener dicha reducción son:
- Ser persona física, es decir, no será válido para personas jurídicas.
- El valor de compra debe ser inferior a 250.000 €.
- La vivienda comprada como vivienda habitual deberá ser habitada en un plazo no superior a un año, y vivir en ella de continúo durante tres años.
- Las familias numerosas no podrán beneficiarse de esta reducción, puesto que tienen otras bonificaciones.
Para cualquier aclaración no duden en contactar con nosotros en la notaría de Pablo Ramallo Taboada y Ana María Mahiques Miret. Estaremos encantados de atenderle en nuestra notaría en Madrid.