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MC21. Notaría Martínez Campos 21

Declaración de herederos

La declaración de herederos es un acta notarial de notoriedad que tiene por objeto determinar quiénes son con arreglo a la ley y en ausencia de testamento quienes son los herederos del causante, es decir de una persona fallecida.

Por tanto es requisito previo para poder realizar el acta el fallecimiento de una persona que no ha dejado testamento.

También se puede llevar a cabo si existe testamento inválido o cuyas cláusulas de nombramiento han quedado sin efecto por repudiación o fallecimiento de los herederos.

La declaración de herederos se regula en los artículos 55 y 56 de la ley del notariado.

Todo lo necesario para la declaración de herederos

¿Quién puede instar la declaración?

Podrán solicitarla los hijos del causante o el cónyuge. Si no hubiera hijos, los nietos. Si no hubiera ni hijos ni nietos, los padres. En ausencia de todos los anteriores, podrán iniciarla los parientes colaterales.

Requisitos que debe cumplir el Notario

Será competente para realizar el acta el notario que tenga competencia en el municipio del último domicilio del causante, . Podría darse el caso de que intervenga el notario del lugar donde ha fallecido el causante. También podría ser el municipio donde el causante tuviera la mayor parte de su patrimonio. Este último caso es poco habitual ya que habría que acreditar la ubicación de dicho patrimonio.

Documentación para la declaración de herederos

  • Certificado de defunción (Se obtiene en el Registro Civil).
  • Certificado de últimas voluntades (Se solicita desde la misma notaría).
  • Libro de Familia o en su defecto, certificados de matrimonio y nacimiento de las personas que determine el notario.
  • DNI del fallecido.
  • Dos testigos que conociesen al fallecido y sus circunstancias personales.

En función de cada caso, el Notario podría ampliar documentación.

Contenido de la declaración de herederos

El resultado del acta es la declaración del notario fehaciente de quienes son los herederos de la persona fallecida y que porcentaje o parte les corresponde.

Esta declaración no implica aceptación de los declarados, pudiendo éstos aceptar o repudiar la herencia.

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Otros servicios

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