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MC21. Notaría Martínez Campos 21

Jura de la nacionalidad española ante notario

La jura de la nacionalidad española se puede realizar ante notario, esta consiste en un requisito para la validez de la adquisición de la nacionalidad española, a través del cual se jura o promete fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y a las Leyes españolas, y se solicita las inscripciones correspondientes en el Registro Civil.

Para aquellos que han obtenido la nacionalidad española este es un trámite de importancia formal y necesariamente obligatorio, que debe hacerse correctamente , como en notaria MC21

La jura de la Nacionalidad Española se deberá efectuar en el plazo de ciento ochenta días, contados a partir del día siguiente a la notificación de la resolución de la concesión de nacionalidad española al interesado o a su representante y podrá llevarse a cabo ante notario.

Le podemos ayudar en este trámite siempre que esté empadronado en Madrid.

Una vez formalizada la jura ante notario MC21 notarios, se remite telemáticamente al registro civil para que una vez se practique la inscripción de la jura, el interesado recibirá en su domicilio el certificado del Registro Civil.

Con este certificado el interesado  podrá solicitar del Cuerpo Nacional de Policía la expedición de su D.N.I. y su pasaporte español.

Documentación para jura ante notario

Toda la documentación, precio de jura, fiscalidad de la operación u otros requisitos para incluir en la ficha del servicio te lo facilitamos aquí.

La documentación a aportar por el interesado:

  • Documento administrativo de concesión de la nacionalidad
  • Certificado original de nacimiento de su país de origen, debidamente apostillado.
  • Certificado de antecedentes penales del país de origen en vigor y legalizado o apostillado a fecha de presentación de la solicitud.
  • Certificado de empadronamiento, en caso de haber cambiado de domicilio antes de la concesión de la nacionalidad
  • Cuando se es nacional de Rusia, Repúblicas ex-soviéticas, o Rumanía / Moldavia, Marruecos o cualquier otro país en los que la madre adquiere el apellido del esposo, deberán aportar certificado de nacimiento de su progenitora o bien el certificado de matrimonio en el que aparezca el apellido de soltera, y así poder cumplir con la normativa española que establece que los apellidos provienen de la filiación.

El día de la firma deberán tener su pasaporte y NIE en vigor.

La escritura firmada junto con la documentación, será enviada telemáticamente al Registro Civil el día de la firma.

El importe de la jura será de unos 190+iva aproximadamente.

La información necesaria para la solicitud del presupuesto y los campos a incluir.

Datos del interviniente en el  formulario

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Otros servicios

  • Jura de la nacionalidad Española

    La jura de la nacionalidad española se puede realizar ante notario, esta consiste en un requisito para la validez de la adquisición de la nacionalidad española, a través del cual se jura o promete fidelidad al Rey y obediencia a la Constitución y a las Leyes españolas, y se solicita las inscripciones correspondientes en el Registro Civil.

    Jura de la nacionalidad
  • Donación

    Para poder beneficiarse de las diferentes ventajas fiscales que ofrece una donación, hay que formalizar una escritura ante notario y documentar la transmisión a título gratuito.

    El caso más habitual es el de donaciones de inmuebles o donaciones de dinero de padres a hijos y entre cónyuges para la adquisición de bienes inmuebles, aunque pueden existir otras finalidades.

    Donación
  • Préstamo hipotecario

    Se trata de un contrato donde se formaliza la disposición de una cantidad de dinero fija por parte de una entidad financiera, junto a los intereses y pagos periódicos que deberá realizar la persona beneficiaria para la devolución en un plazo de tiempo determinado. Como garantía de dicha devolución, la persona beneficiaria aporta un bien inmueble de su propiedad.

    Préstamo hipotecario
  • Herencia

    La escritura de herencia o también conocida como escritura de aceptación de herencia y partición de la herencia, es el acto jurídico a través del cual el patrimonio de la persona que ha fallecido pasa a formar parte de los herederos. En dicha escritura de herencia se define la repartición y se produce la adjudicación de los bienes.

    Herencia
  • Cancelación de hipoteca

    La escritura de cancelación de hipoteca, que debe ser inscrita en el Registro de la Propiedad, acredita la finalización del pago del préstamo hipotecario y por tanto elimina la carga hipotecaria del inmueble.

    Con este trámite, el inmueble queda libre de cargas lo que permite realizar otras gestiones sobre éste, como la venta, la donación o la solicitud de un nuevo préstamo.

    Cancelación de hipoteca
  • Constitución de sociedad

    La constitución de una sociedad requiere de la firma de una escritura pública por parte de todos los socios fundadores y es obligatorio hacerlo ante Notario. Los otorgantes de la escritura tienen que ser los socios o bien sus representantes legales o apoderados con facultades bastantes para ello.

    Constitución de sociedad
  • Poder notarial

    Los poderes notariales son documentos que autorizan y designan formalmente de forma segura la actuación de otra persona en nuestro nombre. Se trata de un documento muy frecuente en la práctica diaria de la notaría por su facilidad y utilidad en ámbitos personales y profesionales.

    Poder notarial
  • Testamento

    El testamento es un acto unilateral, formal y solemne que debe formalizarse ante un notario para asegurar su validez. A través de dicho acto, una persona podrá expresar su voluntad de cómo disponer sus bienes tras su fallecimiento.

    Testamento
  • Celebración del matrimonio

    El expediente matrimonial es el que acredita que los contrayentes cumplen efectivamente con los requisitos legales, el consentimiento matrimonial con la celebración propia del matrimonio y finalmente, la inscripción en el Registro Civil, imprescindible para acreditar la existencia del matrimonio.

    Celebración del matrimonio
  • Capitulación matrimonial

    Las capitulaciones matrimoniales son un contrato o documento a través del cual se dispone la relación económica que tendrán los contrayentes o cónyuges durante el matrimonio. A esto se le llama régimen económico matrimonial.

    Capitulación matrimonial
  • Separación divorcio

    El divorcio notarial permite disolver el vínculo matrimonial frente a un notario sin tener que atravesar un procedimiento judicial.

    Sólo se puede hacer por los cónyuges que no tienen hijos menores de edad y siempre y cuando exista un mutuo acuerdo sobre el contenido del convenio. Si hay hijos mayores de edad, ellos tendrán que firmar la escritura siempre y cuando en el convenio se incluya estipulaciones que le afecten.

    Separación divorcio
  • Declaración de herederos

    La declaración de herederos es un acta notarial de notoriedad que tiene por objeto determinar quiénes son con arreglo a la ley y en ausencia de testamento quienes son los herederos del causante, es decir de una persona fallecida.

    Por tanto es requisito previo para poder realizar el acta el fallecimiento de una persona que no ha dejado testamento.

    Declaración de herederos
  • Actas de Internet

    El acta de internet deja constancia ante notario de la existencia y contenido de alguna página web o de algún perfil en internet. De esta forma, se genera una prueba de contenidos, evitando su pérdida si luego fueran borrados o eliminados.

    Actas de Internet
  • Compraventa

    La escritura pública de compraventa es un documento, que a la hora de transmitir un inmueble, aporta seguridad jurídica tanto al comprador como al vendedor. Es necesario para la inscripción del bien en el registro de la propiedad y suele ser el último trámite necesario dentro del citado proceso de compra - venta.

    Compraventa
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